Es requisito indispensable para acceder a los beneficios que brinda el Fondo Solidario que el beneficiario del subsidio figure en la Base de Datos de Afiliados del CPCE de Santiago del Estero.
Es un fondo económico conformado por el aporte mensual de los beneficiarios de los distintos Consejos Profesionales adheridos. El destino de sus disponibilidades es el otorgamiento de beneficios, a través de la Secretaría de Servicios Sociales, con carácter de subsidio y/o ayuda económica, en forma directa a los beneficiarios que los soliciten y que cumplan con la reglamentación vigente.
Está destinado a todos los matriculados de los Consejos Profesionales adheridos a este Fondo y a su grupo familiar, a los profesionales actualmente jubilados o pensionados que se inscriban especialmente en los registros habilitados y a los empleados de los Consejos adheridos y de la FACPCE.
Son beneficiarlos directos del Fondo Solidario:
a) Los profesionales inscriptos en las matrículas de un Consejo Profesional en Ciencias Económicas que se adhiera a este Fondo.
b) Los profesionales actualmente jubilados y/o pensionados y los que se jubilen en adelante siempre que se inscriban especialmente en los registros que habiliten los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y cumplan con las demás exigencias que estos impongan.
c) Los empleados de los Consejos Profesionales adheridos y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, mientras mantengan su relación de empleo y opten por su inclusión.
Son también beneficiarios del Fondo Solidario en igualdad de condiciones con los beneficiarios directos detallados en el artículo anterior
a) Los integrantes del grupo familiar primario de los mismos. A estos efectos, se considera grupo familiar primario al cónyuge o conviviente y los hijos, hijas, hijastros e hijastras solteros de hasta 25 años de edad, inclusive.
b) Los menores puestos legalmente bajo la guarda del beneficiario titular, mientras dure la tutela.
c) Los incluidos en el incisos a) y b) precedentes mayores de edad que se encuentren discapacitados física o psíquicamente en los términos de la ley 22431, sus modificatorias y complementarias o la norma que en el futuro la reemplace, mientras mantengan su discapacidad y se hallen a cargo del beneficiario directo.
Para conocer el listado de los beneficios, clic aqui
Es requisito indispensable para acceder a los beneficios que brinda U24+ que el beneficiario del subsidio figure en la Base de Datos de Afiliados del CPCE de Santiago del Estero. En caso de altas y modificaciones de datos personales, dirigirse a la Secretaría de Servicios Sociales - Viviana Ávila - de lunes a viernes de 8 a 17hs.
Teniendo en cuenta, la importancia de poder contar con un servicio de emergencias médicas domiciliarias, para resolver situaciones límites, y avalados por una gran experiencia en el rubro, U24+ (Urgencias Médicas) ofrece una cobertura “Médico-asistencial”, para todos los matriculados al Consejo Profesional de Ciencias Económicas con los siguientes beneficios:
Los servicios arriba mencionados, están destinados tanto a los matriculados y empleados del C. P. C. E. S. E. con sus respectivos grupos familiares directos en el domicilio particular de los mismos.
Departamento Capital y Departamento Banda.
Como servicio adicional U24+ brindara totalmente sin cargo extra el servicio de Área Protegida para el C. P. C. E. S. E. en su sede ubicada en Buenos Aires 730 y en el Predio ubicado en Avda. Costanera, para toda persona que se encuentre de manera permanente o circunstancialmente en ambos lugares.
Señor Matriculado, dentro de los beneficios que este Consejo le brinda por el pago del DEP, usted cuenta con un Seguro de Vida a través de HAMBURGO SEGUROS.
A) Cobertura para Titular:
Cobertura para el Titular:
LA HONORABLE COMISIÓN DIRECTIVA MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº 6/82 APROBÓ LA CREACIÓN DEL SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO Y MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 29/16 ACTUALIZÓ EL MONTO A PESOS CINCUENTA MIL ($50.500,00).
Condiciones que se deberán reunir a fin de percibir el subsidio:
LA HONORABLE COMISIÓN DIRECTIVA MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº 28/16 APROBÓ LA ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DEL SUBSIDIO POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN, PARA LO CUAL FIJÓ UN MONTO DE PESOS CUARENTA MIL ($40.00,00) POR CADA HIJO NACIDO O ADOPTADO.
Condiciones que se deberán reunir a fin de percibir el subsidio:
LA HONORABLE COMISIÓN DIRECTIVA APROBÓ LA ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DEL PRESENTE SUBSIDIO, PARA AQUELLOS MATRICULADOS QUE CONTRAIGAN MATRIMONIO, FIJANDO UN MONTO DE PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00).
Condiciones que se deberán reunir a fin de percibir el subsidio:
En el marco de seguir trabajando en pos de otorgar mayores beneficios a nuestros matriculados, la Comisión Directiva de este Consejo les comunica que se ha procedido a firmar un convenio EXCLUSIVO para nuestros matriculados con la firma de medicina prepaga “Prevención Salud”, empresa perteneciente al grupo Sancor Seguros; el mismo permite acceder a una cobertura de primer nivel, con importantes descuentos.
Solo a modo de ejemplo adjuntamos a la presente comunicación los planes A1 y A3 que ofrece Prevención Salud.
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Actividades Recreativas
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